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Reforma a la Ley del Seguro Social de 2020

Por: Comité de Estudios PREPAL Fecha 16-01-2023


En 1997, el sistema de pensiones para el sector privado cambió a un régimen de contribuciones definidas, dicho régimen presentaba varias deficiencias; en particular, relacionadas con la cobertura del sistema de pensiones, es decir, el porcentaje de la población que recibe una pensión y la suficiencia del monto de la pensión para cubrir las necesidades del jubilado durante el período de jubilación. 



Según datos de la CONSAR, se estima que solo un 25% de los trabajadores que cotizaron durante toda su vida bajo el régimen anterior recibirían una pensión. Además, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la tasa de reemplazo para aquellos que sí obtienen una pensión, habría sido del 27.7% para un trabajador con un ingreso igual al promedio salarial, lo que representaba el porcentaje más bajo entre los países miembros de dicha organización. 


Por estos motivos, la reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, aprobada el 9 diciembre de 2020, y que entró en vigor desde 2021, busca lograr aumentos significativos en la mencionada cobertura de la población y en la suficiencia de las pensiones.


A continuación, les explicaremos los principales cambios introducidos por la reforma, así como las consecuencias que se prevén a largo plazo. 


  • Un aumento en el monto que los patrones deben aportar a las cuentas de jubilación de sus trabajadores, de 6.5% a 15% del Salario Base de Cotización (SBC), que se implementará gradualmente desde 2023 hasta 2030.

  • Establece un esquema flexible para determinar la pensión mínima garantizada (PMG), la cual anteriormente era de un monto fijo, a partir de la reforma se calcula tomando en consideración la edad, el salario promedio y el número de semanas cotizadas por el trabajador, lo cual en general resulta en una Pensión Mínima Garantizada (PMG) más alta que la anterior.

  • Reduce el número de semanas necesarias para tener derecho a una pensión, de 1250 semanas cotizadas a 1000 semanas cotizadas para el 2030.

  • Establece un límite máximo en las comisiones cobradas por las administradoras de fondos de jubilación. 



Esta reforma tendrá impactos en diferentes áreas, como el número de personas que podrán acceder a una pensión, el monto de dichas pensiones, los activos administrados por las Sociedades de Inversión de los Fondos para el Retiro (SIEFORES) y las finanzas públicas, que serán analizadas más adelante.


Contribuciones a las cuentas individuales  


Uno de los aspectos centrales de la reforma de 2021 es el aumento gradual de las contribuciones a las cuentas de jubilación de los trabajadores, de 6.5% a 15% del Salario Base de Cotización (SBC). Esto se implementará de la siguiente manera: 

  • Un aumento gradual en la contribución patronal a partir de 2023 y que finalizará en 2030, pasando de 5.15% en 2021 y 2022 a 13.875% del SBC en 2030 para los salarios entre 4.01 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y el tope del SBC de 25 UMA. 

  • Para los SBC entre 1 salario mínimo (SM) y 4 UMA, se implementará un aumento progresivo de la contribución patronal, que irá desde 5.15% para 1 SM (sin cambio) hasta 12.077% para 4 UMA. 

  • Además, se redistribuirá la contribución gubernamental, que se concentrará íntegramente en trabajadores que ganen entre 1 SM y 4 UMA, y que junto con la contribución patronal sumarán 13.875% del SBC. 

  • La contribución gubernamental irá desde 8.724% para 1 SM hasta 1.798% para 4 UMA. 

  • Por último, la contribución del trabajador permanecerá sin cambios en 1.125% del SBC. 


Al aumentar la tasa de contribución a las cuentas de los trabajadores, se incrementará el monto de ahorro en sus cuentas individuales y, en consecuencia, en sus pensiones. Sin embargo, este no es el único factor de la reforma que afecta la tasa de reemplazo. El nuevo esquema de la pensión mínima garantizada (PMG) también lleva a un aumento en el monto de las pensiones.


Mayor pensión mínima garantizada 


Antes de la reforma de 2021, la PMG era una cantidad fija que se otorgaba a todos los trabajadores elegibles que cumplieran con dos condiciones:


I) tener al menos 1,250 semanas de cotización y 

II) tener 65 años de edad. 


En 2020, la PMG era de 3,289.34 pesos mensuales. Sin embargo, con la entrada en vigor de la reforma de 2021, la pensión garantizada ahora depende de la edad de retiro, el número de semanas de cotización y el promedio del salario base de cotización (SBC) durante la afiliación del trabajador al IMSS. Como resultado, la pensión garantizada puede variar entre 2,622 y 8,241 pesos mensuales. 


En general, la nueva PMG es mayor que la anterior para un mismo nivel de salario y edad del trabajador.  Por ejemplo, un trabajador con un SBC de 3 a 3.99 UMA, al menos 1,250 semanas de cotización y 65 años de edad, se espera que tanto en el esquema anterior como en el nuevo reciba la PMG. Bajo el régimen anterior, la PMG para este trabajador habría sido de 3,289.34 pesos, con la reforma de 2021 la PMG para este trabajador sería de 5,993.00 pesos. 


Reducción de las semanas de cotización requeridas y trabajadores con elegibilidad de pensión 


La reforma del 2021 reduce el número de semanas de cotización requeridas para ser elegible para una pensión en el IMSS. Antes de la reforma, se requería haber cotizado 1,250 semanas para tener derecho a una pensión, lo que restringía el número de trabajadores que podían acceder a este beneficio. La reforma reduce el requisito de semanas de cotización a 750 en 2021, y aumenta este número anualmente en 25 semanas hasta llegar a 1,000 semanas a partir de 2031. Esta reducción tiene como objetivo incluir a más trabajadores en el sistema de beneficios, pues reconoce la realidad del mercado laboral en México, en el que muchos trabajadores pasan de la formalidad a la informalidad durante su carrera laboral.


Comisiones cobradas por las administradoras de fondos para el retiro 


La reforma de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro estableció un límite máximo para las comisiones que las Administradoras de Fondos para el Retiro pueden cobrar. Este límite se basa en el promedio de comisiones cobradas en los sistemas de contribución de Estados Unidos, Colombia y Chile, y será establecido por la Junta de Gobierno de la CONSAR. Esta reforma debería aumentar la pensión neta de un trabajador al reducir las comisiones que se le cobran.


Consideraciones finales


Es un derecho de todos los trabajadores tener los ingresos suficientes para vivir dignamente su vejez. La reforma prevé una mejora en los ingresos de los trabajadores pensionados y por consiguiente una mejora en su calidad de vida. Por otro lado, sabemos que esta reforma puede significar para los patrones un aumento considerable en sus costos salariales, lo que podría implicar un aumento en la informalidad; por esto, la reforma debe de ir acompañada por incentivos para la generación de empleos formales. 


A pesar de que ya está la reforma, todavía persisten algunas dudas para determinar las aportaciones que les corresponden a ciertos trabajadores, pues en algunos casos pueden encajar en distintos supuestos a la vez. Es importante que las empresas hagan sus proyecciones sobre el costo que estos cambios representarán, y tomen en cuenta que el cambio será paulatino. Adicionalmente, es importante tomar en cuenta que en marzo serán las próximas aportaciones que los patrones deberán realizar con los nuevos lineamientos, los cuales son calculados por el SUA (Sistema Único de Autodeterminación). 


Si te interesa saber más sobre este tema, o tienes alguna duda, no dudes en contactarnos. Llámanos al 33 3915 0921 o escríbenos a nuestro mail contacto@prepal.com.mx


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